La patronal manifiesta que el SMI debe establecerse al menos en el 60% del salario medio, tal como recomienda la Carta Social Europea.
Consideran muy grave que CEOE-CEPYME incumplan su mandato constitucional como agentes sociales no acudiendo a las mesas de negociación aprovechando su posición de dominio de la representatividad en España.
La Confederación Nacional de Pymes (CONPYMES) considera esencial que, en un contexto de crisis como el actual, el Gobierno adopte medidas para paliar la pérdida de poder adquisitivo de los colectivos más vulnerables, entre los que se encuentran los trabajadores perceptores del salario mínimo interprofesional. Es necesario llegar a un acuerdo para que el SMI, por primera vez en la historia, cumpla la Carta Social Europea que España tiene ratificada desde hace muchos años y se pueda cubrir la crisis inflacionista.
José María Torres, presidente de CONPYMES, considera que “en este momento es cuando el país más necesita de la corresponsabilidad de los agentes sociales para hacer frente no solo a un insuficiente incremento de los salarios, sino también a las posibilidades de que España sufra una desaceleración de la economía”.
El último argumento esgrimido por CEOE-CEPYME para no acudir a la cita con el Ministerio de Trabajo, rompiendo el marco del diálogo social, hace un flaco favor a la imagen de los empresarios que representa. No se pueden poner trabas a que la Inspección de Trabajo analice que, cuando se presenta un despido colectivo, las causas que se alegan sean reales y la documentación responda a las causas que justifica ese despido colectivo. “Si la Inspección de Trabajo no interviene en un trámite como ese, ¿para qué está la Inspección de Trabajo?”, se preguntan desde CONPYMES.
Por eso, Torres indica que, “es gravísimo que CEOE-CEPYME incumpla su mandato constitucional al no acudir a las mesas de negociación aprovechando su monopolio de la representatividad. Sus amenazas continuas para romper el diálogo social son impresentables”. CONPYMES cree que, si en España no hay recuperación de sueldos, la posibilidad de que la economía se ralentice es muy superior. Por tanto, la mejora de los salarios es necesaria para reducir las tasas de desigualdad, así como para repercutir las tasas de pobreza, la pobreza salarial y que la economía repunte.
En las rentas más bajas (SMI), los alimentos suponen un porcentaje mayor del gasto de los hogares en un escenario donde casi la mitad de los productos que se usan para calcular el IPC suben por encima del 7%, y los alimentos por encima del 15%. “Como estamos observando, la realidad borra el falso discurso sobre el salario mínimo: no hunde el empleo y sí reduce la pobreza”, asegura CONPYMES. La mayoría de los estudios internacionales y nacionales reducen el efecto negativo del SMI en el empleo a un “impacto marginal”, a la vez que hay más evidencias de su aportación a la reducción de la desigualdad.
“Aún estamos en márgenes donde tiene un efecto residual sobre la no creación de empleo mientras impulsa las economías de las familias más desfavorecidas. El salario mínimo español, a pesar de sus recientes aumentos, sigue estando en la parte baja del ranking de países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. Un total de 2.272.000 asalariados se beneficiarían de una subida del salario mínimo hasta los 1.082 euros mensuales en 14 pagas para 2023 y, desde CONPYMES, lo vemos como algo necesario”, afirman.
La patronal considera imprescindible que la subida del SMI vaya acompañada de la modificación de la Ley de Desindexación y la Ley de Contratos del Sector Público. Ambas están impidiendo repercutir mejoras salariales a miles de trabajadores y promoviendo la competencia temeraria entre empresas que licitan servicios para las Administraciones Públicas. Para CONPYMES, estas dos leyes suponen un lastre para la negociación colectiva en los sectores económicos que conciertan con las Administraciones Públicas.
Por un lado, la Ley de Desindexación establece la imposibilidad de fijar criterios de revisión de los costes monetarios de los contratos, así como de establecer índices fijos como el IPC para las eventuales revisiones que sí pudieran autorizarse. Por otro lado, la Ley de Contratos del Sector Público no permite la actualización de la cuantía del contrato en los contratos de servicios por la actualización de los salarios de las personas trabajadoras. Es decir, la Ley de Desindexación y su traslado a la Ley de Contratos del Sector Público es un lastre en la negociación colectiva de numerosos sectores. Para CONPYMES, las Administraciones Públicas no pueden seguir concediendo servicios públicos para su gestión a empresas que licitan con bajas temerarias para que trabajen con mínimos márgenes empresariales, y aseguran que “es necesario cambiar este sistema perverso de externalización productiva que perjudica a miles de personas trabajadoras y de pymes”.