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El Trílogo interinstitucional entre el Parlamento europeo, el Consejo y la Comisión para la aprobación definitiva del Paquete de Movilidad se iniciará a mediados de Octubre.

Tras sendas votaciones celebradas en la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo el pasado 19 de Septiembre y este martes 24 de septiembre, ha quedado rechazada la posibilidad de devolver el proyecto legislativo del Paquete de Movilidad a su estado inicial, y en consecuencia se abre el procedimiento para su aprobación definitiva.

Además el acuerdo alcanzado este martes por el Parlamento Europeo ratifica las enmiendas aprobadas en la anterior legislatura en lo referente a la nueva regulación sobre trabajadores desplazados (salario mínimo) en el sector del transporte por carretera, modificación parcial de la normativa sobre tiempos de conducción y descanso así como los requisitos de acceso al mercado. En concreto, en lo relativo a la regulación del salario mínimo de los conductores en los desplazamientos a otros países europeos, el Parlamento europeo propone aplicarlo tanto en transporte internacional como en transporte interior (cabotaje), por lo que quedarán excluidos exclusivamente los transportes en tránsito por otro país europeo, así como los transportes internacionales bilaterales, esto es, a los transportes internacionales en los que el país de origen o destino sea donde el vehículo está matriculado. Esta propuesta es compartida plenamente por FENADISMER, ya que permitirá eliminar las cargas burocráticas que pudieran existir para las empresas transportistas españolas en sus desplazamientos a otros países de la Unión Europea tanto de salida como de retorno, y a la vez ello posibilitará un mayor control de las empresas deslocalizadas principalmente en países del Este de Europa, que operan en la actualidad sin ningún control en el mercado español de transporte.

Otras medidas aprobadas por el anterior Parlamento Europeo en relación al Paquete de Movilidad fueron las relativas al mantenimiento de la actual prohibición de realizar el descanso semanal normal (esto es, el de 45 horas cada 2 semanas) a bordo del vehículo como así dictaminó el Tribunal de Justicia de la UE, así como la modificación de la actual regulación sobre el cabotaje, estableciendo un periodo máximo de cabotaje continuado de 3 días, frente a los 7 actuales, pero sin limitar el número de operaciones en dicho periodo. Asimismo como novedad, tras dicho periodo de 3 días, se establece un nuevo periodo de 60 horas (periodo de enfriamiento) durante el cual no se podrá hacer cabotaje en el mismo país donde se ha realizado previamente.

Asimismo para evitar que algunas empresas de transporte continúen abusando de sus conductores, desplazándoles “de forma permanente” por diferentes países europeos distintos del de su domicilio, el Parlamento europeo propuso establecer la obligatoriedad de que el vehículo retorne periódicamente a su país de residencia, en concreto, en un plazo máximo de 4 semanas. Por último, el acuerdo contemplaba la introducción obligatoria del nuevo tacógrafo digital inteligente en todos los vehículos que realicen transporte internacional como máximo hasta 2024.

En este sentido, está previsto que a mediados de octubre se inicien las negociaciones interinstitucionales (“Trilogo”) entre el Consejo y el Parlamento europeo con la mediación de la Comisión Europea, tendentes a su definitiva aprobación y su posterior publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Por su parte, FENADISMER y las restantes asociaciones que componen el Comité Nacional  de Transporte por Carretera transmitirán este miércoles 25 de Septiembre al Ministerio de Fomento su posición favorable a la aprobación del Paquete de Movilidad de cara a la defensa de los intereses de las empresas transportistas españolas en el seno del Consejo europeo.